RECLAMO EFIP II

A

EL RECTOR

DE LA UNIVERSIDAD EMPRESARIAL SIGLO 21

DR. JUAN CARLOS RABBAT.


Por la presente, los alumnos de la Universidad Empresarial Siglo21 de la carrera Abogacía, solicitamos que se revea el proceso del examen final también llamado EFIP II. Creemos que ante los innumerables desaprobados y el número ínfimo de aprobados, esta casa de altos estudios está fallando en otorgar información precisa, procedimiento claro y corrección objetiva al momento de evaluar. Con la intención de esclarecer la problemática con el alumnado es que notificamos:


QUE cuestionamos la legalidad del EFIP II debido a que en el proceso de inscripción a la carrera se informó sobre la existencia del EFIP I y el TFG pero no el EFIP II por lo que también existe un incorrecto asesoramiento en la oferta educativa. Tampoco se encuentra éste especificado en el analítico,  ni figura la nota, tampoco en el plan de estudio, ni en el e-campus y no es tenido en cuenta para el promedio, es una materia que no se cursa. Además, los alumnos que en la actualidad están en condiciones de rendir el EFIP II son poseedores de un  derecho adquirido, ya que tienen aprobado un visado analítico que  incluye  todas las materias de la carrera YA APROBADAS, y que resulta imposible tener dos notas por la misma materia. Por lo que el EFIP II debería en última instancia ser un examen de conocimiento general y de entendimiento de las materias rendidas, no uno en el que prácticamente se reevalúen materias ya aprobadas o NO EXISTIR EN MODO ALGUNO DE TENER UNA ILEGALIDAD MANIFIESTA. http://www.coneau.gov.ar/archivos/892.pdf (Pág. 28 “se prevé un Examen Final Integrador Presencial (EFIP) como única instancia en la que el alumno concurre a la UE Siglo 21 para demostrar los conocimientos y habilidades que certifiquen el otorgamiento de la titulación específica.” Nótese que se menciona UN Examen Final Integrador como UNICA instancia”)

 

QUE anteriormente, y es de conocimiento público, las materias incluidas para el examen escrito eran informadas con antelación. Beneficio que se suprimió perjudicando a los alumnos que tienen que recorrer actualmente la instancia.


QUE en la actualidad el examen escrito es tomado sin unidad de criterio y las devoluciones de los mismos una vez desaprobados son insatisfactorias. Además, se toman contenidos fuera del programa fundamentando que están relacionados. Es anti pedagógico exigir al alumno la interpretación de un programa que incluye OCHO MATERIAS en forma analógica, más aún cuando esas materias fueron rendidas en tiempo y forma con programa completo.

 

QUE los exámenes escritos deben aprobarse con nota 6 cada uno, y son excluyentes, impidiendo al alumno pasar a la instancia oral donde podría en todo caso explicar el razonamiento tras sus respuestas y al no haber unidad de criterio en la corrección, se desaprueba en algunos casos, subjetivamente ya que el examinador vuelve siempre a un análisis analógico.

QUE existe una prohibición durante el examen escrito de consultar leyes, jurisprudencia y doctrina para resolver los casos brindados, hecho que consideramos ilógico, ya que en el ejercicio profesional son la herramienta de trabajo principal, y no puede exigirse una memorización automática que a ningún profesional se le exige.

 


Por todo lo expuesto se SOLICITA PARA una SOLUCIÓN INMEDIATA:

 

  • En caso de ser manifiestamente ilegítima la instancia, la eliminación total del EFIP II, por afectar éste un derecho ya adquirido.
  • Se revise el programa actual de la instancia EFIP II, y se exija a los examinadores tanto de la instancia escrita como de la oral el acatamiento taxativo de dicho programa.
  • Se informe de las materias que entran en el examen escrito como otrora era derecho del alumnado.
  • Se promedien los exámenes escritos.
  • Se permita al alumno consultar leyes y códigos durante la exanimación escrita.
  • Se revalúe el objetivo y enfoque que la instancia tiene en la actualidad.
  • Que los beneficios de este acuerdo empiecen a aplicarse desde la mesa examinadora de MARZO 2014, a fin de no seguir perjudicando al alumnado.
  • Que ningún alumno sea individualizado y hostigado por el presente reclamo.

 

Cordialmente.
Alumnos UES21

Carrera de Abogacía.